Acta Comite Provincial Toledo 20-1-2014

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El SIBF expone que con fecah de 7 de Enero de 2014 en la sede de la empresa Geacam en Cuenca nos reúnen para firmar lo que entendemos una comisión ilegal para llevar a cabo un ERE extintivo .....

La representación legal de este sindicato, en esa reunión plantea los siguientes asuntos:
Crea la empresa y la otra representación en GEACAM la comisión y después la empresa da a conocer a que colectivo afecta el ERE dentro de dicha empresa.

Los delegados del comité intercentros de este sindicato plantean por entender ser 
esta ilegal : 
1 Puesto que afecta ese ERE a un colectivo en el que este sindicato no tiene representación alguna. 
2. Esta representación reconoce como único órgano legitimo y soberano para
entender del ERE que afecta al personal de incendios forestales adscrito 'al
III C.C., al comité intercentros, como de la misma manera decir que 'este
personal de prevención y extinción de incendios forestales, se encuentra
incurso en otro ERE, pendiente del Recurso que instó GEACAM ante TSJ.

Entre los miembros de la comisión negociadora, entendemos fraudulenta se dan los siguiente aspectos :
Recientemente ha realizado GEACAM una novación a fijo discontinuo, delegados y
delegadas asistentes a esa mesa negociadora, no los reconozco y por tanto no me
representan , ya que se encuentran de baja en la empresa (casualmente dados de alta el mismo día de la creación de dicha comisión negociadora).
De otra parte decir, que los miembros del comité intercentros del SI8F convocaron
una réunión extraordinaria para mañana día 21 del corriente mes, para el comité
intercentros, en ella se propone nombrar la comisión negociadora para entender sobre el ERE, única y exclusivamente del personal de prevención y extinción de incendios forestales, que es el único órgano legal de este colectivo.

Instamos para que el comité intercentros, lo compongan únicamente delegados del III C.C. de Incendios Forestales.


El SIBF reclama a esta empresa, que el personal que ha quedado trabajando de

estructuras vinculada a incendios o Staffl. és decir la alta dirección o cargos con
responsabilidad remunerada, al quedarse trabajando con menos carga y productividad se reduzcan el salario a razón de la supuesta difícil situación de la empresa. Esto no debe de afectar al personal de incendios o AATT. puesto este personal sigue manteniendo su nivel productivo y desempeño de funciones. Porque las dificultades y el peso deben ser compartidas por todas y todos.

También SIBF demanda el listado de coordinadores provinciales, personal vinculado a incendios (técnicos, administrativos, etc.) que se ha quedado trabajando. Esto corresponde a que hay personal que habiendo firmado, sigue trabajando, por lo que debemos saber los criterios que han motivado o motivan que este personal este trabajando.