Comisión de negociación ILEGAL.

Sr Gerente:

Con fecha 7 de este mes en curso, nos reunimos en cuenca, convocados por Ustedes según se lee en la comunicación que realizaron al efecto “ a fin de constituir legalmente dicho órgano de representación que actuará como tal en el proceso negociador del despido colectivo”.

En el desarrollo de esa reunión “en presencia de la Sra. Notaria” les planteamos las siguientes consideraciones:

En cualquier proceso de negociación debe prevalecer (entre otras) el principio de buena fe, en este acto esta condición queda en entre dicho por su parte pues pretenden que creemos una comisión negociadora sin conocer a que colectivo de trabajadores va dirigido ese ERE, le recordamos que cuenta este Sindicato con 15 delegados de personal en el colegio de Especialistas y no Cualificados (siendo mayoritarios en los comités de Ciudad Real y Toledo y una muy notable representación en Cuenca ) en cambio no contamos con ninguna representación en los otros colegios de Administrativos y Técnicos dependientes, estos de otro convenio distinto al de Incendios Forestales.

De la misma manera solicitamos se identificará a los asistentes a la reunión, delimitando a que convenios están adscritos los delegados/as asistentes y si como recientemente ha realizado Geacam una novación a fijo discontinuo, de ellos /as se conociese si de los delegados/as asistentes habían o no firmado la mencionada novación.

Este Sindicato tiene legal y convencionalmente constituida la Sección Sindical en la Empresa.
Que para entender “del supuesto Ere que no conocemos a quien afecta" el único órgano legitimo colegiado y soberano es el Comité intercentro.